La rescisión o nulidad por falta de emplazamiento en el Código de Procedimiento Civil chileno ##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar## PDF Publicado may 20, 2021 Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0. ##plugins.themes.bootstrap3.article.main## Felipe Gorigoitía Abbott Universidad de Valparaíso Resumen El presente artículo analizará el incidente de rescisión (o nulidad) de lo obrado por falta deemplazamiento del art. 80 del Código de Procedimiento Civil, en especial en lo referente a suspresupuestos de procedencia y consecuencias. Se le caracterizará como un medio para dejar sinefecto juicios en los que no ha habido un efectivo emplazamiento, incluso en casos en los que noha existido vicio alguno, que puede ser ejercido por cualquier persona que fue o ha debido serparte en el proceso, aun cuando este ya se encuentre terminado. Palabras clave Emplazamiento; rescisión; nulidad; rebeldía ##plugins.themes.bootstrap3.article.details## Número Vol. 34 Núm. 1 (2021) Sección Investigaciones Cómo citar Gorigoitía Abbott, F. (2021). La rescisión o nulidad por falta de emplazamiento en el Código de Procedimiento Civil chileno. Revista De Derecho (Valdivia), 34(1). Recuperado a partir de https://www.revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/1436 Formatos de citación ACM ACS APA ABNT Chicago Harvard IEEE MLA Turabian Vancouver estadisticas Descargas La descarga de datos todavía no está disponible.