Algunas precisiones sobre el término anticipado del procedimiento de evaluación ambiental ##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar## PDF Publicado ene 16, 2019 ##plugins.themes.bootstrap3.article.main## Pablo Méndez Ortiz Universidad de Valparaíso Resumen La Ley Nº 19.300 consagra el término anticipado del procedimiento de evaluación ambiental por falta de “información relevante y esencial” del respectivo Estudio o Declaración de Impacto Ambiental. Este trabajo analiza críticamente una serie de aspectos orgánicos y procedimentales en torno a esta figura. En particular, se examinan sus supuestos de procedencia, el órgano competentepara la declaración, el procedimiento aplicable, y el sistema recursivo. Este artículo finaliza demostrando que la “información relevante y esencial” constituye un estándar mínimo del contenido con que el instrumento debe contar. Por lo mismo, el término anticipado debe ser utilizado por la autoridad como una medida de ultima ratio al interior del procedimiento de evaluación. Palabras clave Sistema de Evaluación de impacto ambiental término anticipado Servicio de Evaluación Ambiental ##plugins.themes.bootstrap3.article.details## Número Vol. 29 Núm. 1 (2016) Sección Investigaciones Cómo citar Méndez Ortiz, P. (2019). Algunas precisiones sobre el término anticipado del procedimiento de evaluación ambiental. Revista De Derecho (Valdivia), 29(1). Recuperado a partir de https://www.revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/324 Formatos de citación ACM ACS APA ABNT Chicago Harvard IEEE MLA Turabian Vancouver estadisticas Descargas La descarga de datos todavía no está disponible.