Concepto de persona, titularidad del derecho a la vida y aborto

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Rodolfo Figueroa García-Huidobro

Resumen

Para la mayoría de la doctrina nacional, el concepto de persona es equivalente a ser humano desde el momento de la concepción y, por ende, el ser humano desde la concepción es titular del derecho a la vida. Sin embargo, no hay razones constitucionales para sostener esa postura. Los derechos constitucionales se confieren a las personas y en ausencia de definición constitucional de persona, ha de aplicarse la legal, según la cual la existencia legal de la persona principia alnacer. Este es, por lo demás, el criterio imperante en la jurisprudencia comparada e internacional, la que nunca ha sostenido que el ser humano sea persona desde la concepción. Sin embargo, esto no significa que el ser humano antes de nacer esté desprovisto de protección; la ley debe brindaresa protección, pero hacerlo no significa transformarlo en titular del derecho a la vida. Proteger la vida del que está por nacer y permitir el aborto son actos compatibles, como lo muestra todala jurisprudencia constitucional comparada que se ha pronunciado sobre este asunto.

Palabras clave

Persona
derecho a la vida
aborto

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Sección
Investigaciones
Cómo citar
Figueroa García-Huidobro, R. (2019). Concepto de persona, titularidad del derecho a la vida y aborto. Revista De Derecho (Valdivia), 20(2). Recuperado a partir de https://www.revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/711
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